El equipo de responsables de RnR me escriben para contarme lo siguiente:
Estimados Compañeros de Oficio,
Como sabéis formáis parte de las páginas que recogemos en nuestro BlogRoll (http://www.rollontherock.ensayar.es/?page_id=5). Acudimos a vosotros para pediros que os hagáis eco de la última noticia que hemos posteado (http://www.rollontherock.ensayar.es/?p=433) en la que comunicamos que en virtud de la Ley de Protección de los Derechos de Autor nos han conminado a dejar de utilizar el RadioBlog que ubicábamos en la Home de nuestro Blog RnR (http://www.rollontherock.ensayar.es).
Nosotros utilizábamos RadioBlog para ilustrar los textos que incluíamos comentando cada disco o autor que nos interesa. Solíamos colgar 2 o 3 canciones para que permitieran al lector hacerse una idea de lo que explicábamos en los posts.
Esto ya no va a ser posible. Nuestro objetivo, el de ayudar a descubrir la música con actitud rock, se vuelve de esta forma más lejano. No obstante, no cejáremos en nuestro empeño y seguiremos adelante explorando las opciones que nos da la red para fomentar el conocimiento y la cultura.
Esperamos vuestros feedback y comentarios.
Muchas gracias,
Fito, Iván Merchante, ElCoru, ElJuanTx y Desdelotrolado
Todos los que seguís AlmaSoul sabéis que nunca publico la música de la que hablo, principalmente porque no quiero meterme en temas legales que no comparto ni entiendo y verme salpicado por algo así, y en menor medida porque prefiero que cada uno escoja la manera de llegar a esa música: comprándola, a través de redes de compartición de archivos, en webs como RnR o como queráis. Yo escojo mis maneras, supongo que vosotros hacéis lo mismo.
Espacios como RnR no hacen nada más que un montón de publicidad y promoción de álbumes y artistas, muchos de ellos bastante desconocidos y con poco presupuesto para hacerse publicidad. Por ejemplo, si lo pensáis bien en la música R&B actual podríamos contar con los dedos de una mano los artistas que cuentan con mucho dinero para promocionar su música, ¿no sería mejor alentar a espacios como RnR para que hablen, comenten, valoren y también publiquen esa música?
Hoy en día, y más que nunca, todo el mundo sabe que la música que está en las tiendas también está gratis en Internet, así que no creo que cambien todo esto amenazando a una web como RnR.
Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.(a 2006)
Artículo 18. Reproducción.
Se entiende por reproducción la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
TÍTULO III.
DURACIÓN, LÍMITES Y SALVAGUARDIA DE OTRAS DISPOSICIONES LEGALES.
CAPÍTULO II.
LÍMITES.
Artículo 31. Reproducciones provisionales y copia privada.
1. No requerirán autorización del autor los actos de reproducción provisional a los que se refiere el artículo 18 que, además de carecer por sí mismos de una significación económica independiente, sean transitorios o accesorios y formen parte integrante y esencial de un proceso tecnológico y cuya única finalidad consista en facilitar bien una transmisión en red entre terceras partes por un intermediario, bien una utilización lícita, entendiendo por tal la autorizada por el autor o por la Ley.
Artículo 40 bis. Disposición común a todas las del presente capítulo.
Los artículos del presente capítulo no podrán interpretarse de manera tal que permitan su aplicación de forma que causen un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor o que vayan en detrimento de la explotación normal de las obras a que se refieran.
Quizá, de una interpretación benigna de los artículos arriba referenciados podría caber la posibilidad de admitir la publicación y emisión que realizáis. Un saludo. Jam
Vaya, no conocía los artículos que comentas. Interesante apunte. Gracias.